Modificaciones en la normativa del BCU sobre procedimientos de debida diligencia de clientes y verificación de identidad

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Ponemos en su conocimiento que el pasado 23 de diciembre de 2022, la Superintendencia de Servicios Financieros (la “SSF”) del Banco Central del Uruguay (el “BCU”) publicó las Circulares No 2416 y No 2417 (las “Circulares”) y la Comunicación N2022/246 (la “Comunicación”), que en su conjunto modifican la normativa en materia de procedimientos de debida diligencia de clientes y verificación de identidad de los mismos, aplicable a determinadas instituciones integrantes del sistema financiero y del mercado de valores.

Las modificaciones siguen en gran medida la línea del proyecto normativo anticipado por el BCU con fecha 20 de septiembre de 2022, y se orientan, por un lado, a flexibilizar determinadas previsiones en lo que refiere a la actualización de información de clientes categorizados como de “bajo riesgo”, y, por otro lado, a introducir nuevas alternativas al contacto personal para la verificación de la identidad de clientes. A través del siguiente link podrá acceder a nuestro informe acerca del proyecto.

En este informe resaltaremos algunas pequeñas diferencias que existen entre el texto proyectado y el texto que finalmente se le dio a las Circulares y a la Comunicación, y explicaremos el nuevo régimen consolidado en la materia regulada.

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