Nuevos Beneficios por la Contratacion de Personas de Mediana Edad

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En el pasado, desde este mismo Newsletter hemos tenido ocasión de comentar los beneficios -a nivel de cargas o aportes sociales- que una ley del año pasado estableciera para incentivar el acceso al mercado laboral. Esos beneficios apuntaron, en una primera instancia, a jóvenes entre 15 y 29 años, a mayores de 45 años, y a personas con discapacidad.

Para completar el espectro, un reciente Decreto del Poder Ejecutivo ha extendido esos beneficios a las personas que se ubican en la franja etaria comprendida entre los 30 y 44 años de edad. El beneficio se otorga a aquellas empresas que, a partir el 1º de julio 2022, contraten empleados que reúnan los siguientes requisitos: su edad se sitúe entre los 30 y los 44 años, y se encuentren en situación de desempleo al menos durante los 6 meses inmediatamente previos a la contratación.

El beneficio consiste en un subsidio a las empresas empleadoras, que se materializa a través de un crédito (para el pago de aportes sociales) de hasta $ 5,000 (pesos) por mes efectivamente trabajado por el empleado en cuestión, durante los meses que van de julio a noviembre del presente año. Ese crédito deberá ser utilizado por la empresa empleadora para cancelar sus obligaciones tributarias para con el Banco de Previsión Social (“BPS”).
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Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar al Dr. Rodrigo Felló ([email protected]) y/o la Dra. Mariana Pisón ([email protected])

 

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