Como es de conocimiento, a partir del año 2023 pasaron a estar gravadas por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) las siguientes rentas obtenidas en el exterior por entidades integrantes de un Grupo Multinacional:
i. Rentas derivadas de derechos de propiedad intelectual relativas a patentes y software, en la parte que no corresponda a “ingresos calificados”, y
ii. Otras rentas pasivas, como ser: rendimientos de capital inmobiliario, dividendos, intereses, regalías, entre otros; en tanto la entidad sea considerada “no calificada”.
En los siguientes links se puede acceder a los informes oportunamente realizados sobre este tema: Leer mas